Un fallo de la Corte Constitucional ha dado respuesta a una demanda presentada en 2020 por el movimiento Causa Justa, en la que el colectivo exigía el fin de la criminalización del aborto.
En la sentencia c-355 de 2006 la Corte Constitucional declara exequible la tipificación del delito de aborto consentido, en el sentido de que no se configura el delito cuando la conducta se practique antes de la semana 24 de gestación y, sin sujeción a este límite, cuando se presenten las causales de que trata. finalmente, exhortó al congreso de la república y al gobierno nacional a formular e implementar una política pública integral en la materia.
En la sentencia C-355 de 2006, el aborto se considera como un derecho fundamental de las mujeres bajo tres causales solamente: 1. Cuando el embarazo implica un riesgo para la salud física o mental de la mujer, 2. En caso de violación o incesto y 3. malformación del feto.
En el mundo, muchos países son restrictivos con el libre ejercicio de este derecho, generando que las mujeres y personas gestantes recurran a procedimientos inseguros en lugares clandestinos que no cuentan con las garantías necesarias para tu cuidado, salud y bienestar.
El aborto es una de las principales causas de morbilidad, discapacidad y mortalidad materna y a la vez, es la causa con una mayor posibilidad de ser intervenida.
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Fuente: https://www.fundacionsimujer.org/web/ive-aborto-legal